Un comercio habilitado, demuestra su compromiso con sus clientes.

TOP

Consulta de Factibilidad No vinculante

Sr. vecino Ud. con esta consulta el inicio del trámite de habilitación se acelera ya que obtendra información fidedigna y puntual de los requirimientos generales y especiales con los que deberá cumplir para obtener la habilitación municipal rápidamente.

Elija el rubro de su comercio y ingrese los datos catastrales que figura en su boleta de CVP municipal.


  
Ud. utilizó el filtro de rubros, verifique el listado de Rubros ubicado debajo.









Circ. Secc. Quinta Fracc. Manz. Parc.  






Los valores que desconozca completelos con 0 (cero).
 

   
Documentos Ver Requisitos Básicos Act. 12/2011

(*) Campos requeridos para formular la consulta.

Si el rubro que Ud. necesita no existe en el presente listado, comuniquelo a malvinashabilita@malvinas.gov.ar

 

Importante

Las tasas aquí descriptas tienen vigencia hasta el 31/12/2011, a partir del 01/01/2012 comienza a regir las nuevas tasas para habilitaciones comerciales e industriales bajo la Ordenanza 1344/11.

Guia del Usuario

Conozca las ventajas de habilitar su comercio y como hacerlo rapidamente.

La actividad económica en cualquier lugar del país requiere de autorización para funcionar otorgada por su municipio.

Esta autorización se denomina Habilitación y se otorga una vez verificado por las oficinas del Departamento Ejecutivo de cada municipio el cumplimiento de normas urbanas, edilicias, sanitarias, ambientales, de seguridad y de responsabilidad tributaria y profesional del titular del establecimiento.

Estas normas se dictan a través de legislación nacional, provincial y municipal en beneficio de los mismos clientes de cada comercio y de toda la comunidad entera que pretende vivir en un lugar seguro, sano y estéticamente valorado.

Cada municipio tiene también el poder de sancionar con multas y clausura a los comercios que estén funcionando sin haber obtenido la habilitación municipal.

En Malvinas Argentinas las multas pueden ascender a dos mil pesos y en caso de no abonarlas se inicia un juicio sumarísimo denominado Apremio que puede concluir con la subasta de bienes personales o la inhibición General de Bienes en un plazo no mayor al año.

Todo argentino mayor de edad o emancipado que no se encuentre inhabilitado judicialmente para ejercer algún tipo determinado de comercio y todo extranjero mayor de edad o emancipado con residencia definitiva o temporaria vigente al momento de solicitar y obtener la habilitación.

Existen requisitos generales para todos los comercios y requisitos especiales en razón del tipo de rubro o de la superficie que ocupa.

Requisitos Generales y documentación que acredita el cumplimiento del requisito

  • Acreditar la identidad del solicitante

    1) Personas Físicas. Original y fotocopia de DNI, primera, segunda y cambio de domicilio, del titular legible. En caso de ser extranjero deberá tener residencia definitiva o provisoria no vencida.
    2) Personas Jurídicas: Original y fotocopia o copia certificada de los estatutos y Actas de designación de cargos vigentes y en su caso poder para actuar.
    3) Documento que acredite el domicilio del solicitante: Un servicio actual con el domicilio, este puede ser cónyuge, o de un familiar directo (padre, madre, hermano, hijo) acreditado como tal.

  • Acreditar que tiene derecho al uso del inmueble donde pretende instalar su comercio

    A través de cualquiera de los siguientes documentos. (Original y Copia o copia certificada)
    a) Título de propiedad.
    b) Boleto de compraventa
    c) Contrato de Locación (Se requerirá que el contrato se encuentre vigente, apto para el uso comercial y que el locador sea titular de dominio)
    d) Contrato de Comodato. (Se requerirá que el contrato se encuentre vigente, apto para el uso comercial, que el comodante sea el titular de dominio y que firme el contrato frente al funcionario actuante o que traiga certificada la firma por Escribano Público o Juez de Paz)

  • Acreditar la ubicación exacta del inmueble

    Recibo de la partida municipal del inmueble donde se pretende habilitar (C.V.P.)

  • Acreditar que la edificación cuenta con plano aprobado por el municipio por toda la superficie construida

    Plano aprobado o Registrado. En caso de tener una superficie menor a 100m2 y no poseer planos podrá presentar croquis, sin perjuicio que se labren las actas de infracción por falta de planos cuando el inspector se constituya en el lugar.

  • Acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
    Inscripción en el AFIP y en ARBA
  • Acreditar que el lugar cuenta con elementos necesarios para luchar contra cualquier incendio que pudiere ocurrir

    Si el local tiene una superficie menor a a 500 m2 deberá completar un formulario de Declaración Jurada (F06) que se le entrega detallando en un croquis del establecimiento la ubicación del interruptor general de energía eléctrica, gas, ubicación de garrafas, elementos combustibles, inflamables o explosivas y la ubicación de los equipos extintores, identificando su tipo y capacidad., detallando la actividad y la cantidad de productos o materias explosivas, inflamables o combustibles.
    Si el local tiene una superficie mayor a 500 m2 deberá presentar un Legajo técnico sobre seguridad contra incendio ante la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad.
    Debe presentar Obleas de los matafuegos instalados en el comercio. Un matafuego de 5kg cada 200 metros cuadrados o fracción de superficie de piso a ser protegida siempre que sea compatible con la carga de fuego existente. La máxima distancia a recorrer hasta el matafuego será de 20 metros lineales para fuegos de clase A y 15 metros para fuegos de clase B y C. Las obleas se renuevan anualmente.

  • Acreditar las condiciones de salubridad del local

    Obtener Credenciales Sanitarias de todos los empleados del comercio. Para ello se debe abonarla suma de 34$ por cada uno al inicio del trámite y presentarse a hacer sus análisis en la Fundación Vientos de Vida en forma inmediata, sito en la calle Rivadavia y......
    Contar con agua apta para el consumo humano, para lo cual deberá realizar un análisis de agua, abonando al inicio de trámite la suma de 45$ para que en el momento de la inspección, personal municipal efectúe la extracción de las muestras para su análisis bacteriológico y químico. En el caso de obtener un resultado negativa deberá realizar las tareas de limpieza de tanque o perforación a mayor profundidad según corresponda. En el caso de que en razón del rubro a habilitar no se expendan alimentos, podrá acreditar con la factura de un servicio de distribución de agua potable el cumplimiento de este requisito.
    Debe presentar antes de que se le otorgue la habilitación un certificado expedido por empresas de fumigación habilitadas en el municipio dando cuenta de la fumigación por toda la superficie del local.

    Se informa el listado de empresas habilitadas:

    • SIMA ( 02320-487400 )
    • SALUD AMBIENTAL (4797-0494)
    • GRUPO E.F.F.I.A. (4545-0662 Int. 113)
    • FUMIGACIÓN DEL SUD (15-5698-9220)
    • SANEAMIENTO GENERAL (4456-0814)
    • FUMIGACIONES Y SERVICIOS SRL. (4451-7016)
    • FUMIGACIONES A.V.A (4660-3534 / 4660-4913 )
    • ASEPSIA FUMIGACIONES (4760-7863)
    • SERVICIOS ESPECIALES (4666-5248)
    • PATRONO FUMIGACIONES (4804-9005)
    • LA EFICAZ PUEDE (15-6374-1895)
    • FUMIGADORA LAS LOMAS (4666-1562)
    • SN FUMIGACIONES (15-3155-1117 / 15-6396-5352 / 718*1325)
    • IAV SERVICIOS SRL. (15-3540-1153)
    • N Y M FUMIGACIONES 02320-439570
    • SERVICIOS DEL RIO DE LA PLATA SRL. (4761-2121/2211)
  • Contar con cartel identificador en el frente del establecimiento de la razón social, nombre de la calle y numeración asignada por el municipio, visible desde la línea municipal.
    Será requerido por el cuerpo de inspectores al momento de la constatación y su falta impedirá la continuación del trámite.
  • Costo de la Habilitación

    Al inicio del trámite se exige el pago de:
    Certificado de uso Conforme $40.-
    Inicio de expediente $30.-
    Tasa por Análisis de agua $90.-
    Tasa por cada Credencial Sanitaria $95.-
    Tributo por Inspección de Seguridad e Higiene que pueden variar según ingresos brutos, rubro, superficie y/o zonificación.

    Luego de la constatación del lugar a habilitar (aproximadamente en uno o dos meses) se exige el pago de la tasa de habilitación de comercio cuyos valores pueden variar según rubro, superficie y/o zonificación.

    Al momento del otorgamiento de la habilitación el comercio no deberá tener deuda con el municipio ni por la partida de CVP (conservación de la vía pública), ni por la cuenta de Seguridad e Higiene, ni por la tasa de habilitación, ni por otros tributos o multas que pudiere ser pasible.

De acuerdo al rubro, superficie o condiciones edilicias podrá requerirse además otros requisitos que se informan en cada caso: Documentación a presentar en la Dirección de Medio Ambiente

  • Legajo técnico sobre seguridad contra incendio.

    Los locales con una superficie mayor a 500 m2 deberán presentar un Legajo técnico sobre seguridad contra incendio de conformidad a lo dispuesto por las Normas de Seguridad contra Incendios (Anexo I Decreto 1662/96 modificado por decreto 2859/00 y 1401/05) firmado por un técnico, Ingeniero o Licenciado en Higiene y Seguridad o bien por profesionales actuantes de los cuerpos de bomberos voluntarios de su jurisdicción. y el propietario del comercio.

  • Plano de electromecánica

    Cuando el local cuente con una potencia de más de 5HP. (Los Geriátricos, escuelas, confiterías bailables, sanatorios y hoteles deben presentarlo cualquiera sea los HP instalados), deberá presentar plano de electromecánica firmado por un ingeniero o técnico en electromecánica

  • Informe técnico de aislamiento acústico.

    Se requiere el Informe técnico de aislamiento acústico en los casos de Comercios de locales de esparcimiento (Ordenanza 643/03) y debe ser presentado por profesional matriculado en cumplimiento de las normas vigentes sobre ruidos molestos.

  • Informe de instalaciones y/o estructuras portantes con prueba de carga

    Se requiere de instalaciones y/o estructuras portantes con prueba de carga en los casos de Comercios de locales de esparcimiento (Ordenanza 643/03) y debe ser presentado por profesional matriculado.

  • Certificado de aptitud Antisiniestral.

    El Certificado de aptitud antisiniestral se requiere en los casos de Comercios de locales de esparcimiento (Ordenanza 643/03) y lo expide el Cuerpo de Bomberos de la provincia de Buenos Aires conforme al decreto 12/05 y las normas antisiniestrales adoptadas por Resolución del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Número 2740/03. El Certificado debew renovarse semestralmente.

  • Certificado de Aptitud Ambiental.

    El Certificado de Aptitud Ambiental se requiere en algunos comercios de envergadura (Generalmente mayores a 500 m2) o que por su actividad pudieren ocasionar un impacto ambiental negativo.
    Para obtener la Declaración o Certificado de Aptitud Ambiental el titular del comercio deberá presentar un estudio de evaluación de impacto ambiental firmado por profesional matriculado.

  • Inicio de trámite de Permiso de vuelco de efluentes líquidos.

    En algunos comercios que por su actividad vuelcan efluentes se exige el permiso de vuelco de efluentes líquidos, que se debe iniciar ante la Autoridad de agua, Ministerio de Infraestructura Vivienda y Servicios Públicos, en los términos de la Resolución 333/06 y la ley 5965.

  • Inicio de trámite de explotación de recurso hídrico.

    Los establecimientos que por su actividad realicen una explotación intensiva del recurso hídrico deberán presentar una declaración jurada de pozos de extracción y el inicio de trámite ante la Autoridad de Agua de la Provincia de Buenos Aires para solicitar el certificado de explotación de recurso hídrico.

  • Monitoreo de efluentes gaseosos generados.

    Los establecimientos que generen efluentes gaseoso deberán presentar un monitoreo de efluentes gaseosos generados es un protocolo de análisis de los componentes de los gases rubricado por profesional, de acuerdo a la ley 5965

  • Inscripción como generador de residuos especiales

    Los establecimientos que generen residuos especiales deberán paresentar la inscripción como generador de residuos especiales.
    Dicho requisito se cumple con la presentación de los formularios de Declaración Jurada establecidos por el decreto 806/97 reglamentario de la ley 11.720 con el sellado de ingreso ante el organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, con el número de expediente.

  • Inscripción de tratadores de residuos patogénicos

    Los establecimientos que generen o traten residuos patogénicos deberán presentar la correspondiente inscripción ante el Ministerio de Salud de la Provincia de buenos Aires conforme al decreto 450/95 y modificatorios, reglamentario de la ley 11.347.
    Para acreditar el cumplimiento del requisito debe presentarse el Certificado de Inscripción emitido por el Ministerio

  • Ensayos de aparatos sometidos a presión.

    Los establecimientos que tengan aparatos sometidos a presión deberán encontrarse inscriptos ante el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.

  • Ensayos hermeticidad tanques.

    Los establecimientos que tengan tanques (como estaciones de servicio) deberán presentar un informe de una auditoria profesional de seguridad en cumplimiento de la resolución 419/93, modificatoria 404/94 y 1102/04 de la Secretaría de Energía.

Documentación a presentar en la Dirección de Habilitaciones

  • Estudio de Factibilidad Urbanística expedido por la Dirección de Ordenamiento Territorial en los casos de emprendimientos con impacto urbanístico
  • Habilitación sanitaria para establecimientos de Salud
  • Autorización de la DIPREGEP para todo establecimiento educativo incluyendo guarderías.
  • Autorización del RENAR para venta de armas y explosivos
  • Autorización de Banco Central para establecimientos financieros y bancarios
  • Autorización de Loterías y Casino de la Pcia de Buenos Aires para comercios de apuestas y juegos de azar.
  • Estudio de Factibilidad de la Provincia de Buenos Aires para grandes superficies comerciales
  • Títulos habilitantes para actividades que requieren una específica capacitación del titular o de los empleados.
  • Autorizaciones específicas de organismos de contralor nacional o provincial cuando el rubro lo exija.

Para habilitar un comercio se deberá presentar ante la Dirección de Habilitaciones sito en la calle Presidente Perón 3146 de la Ciudad de Los Polvorines para solicitar la consulta de habilitación en forma personal o, siguiendo los pasos de esta página obtener la misma.

Si Ud. Imprimió la consulta conforme a las indicaciones de la página, entonces podrá acercarse a la Dirección de Habilitación directamente para iniciar el trámite, con la consulta, el formulario de declaraciones juradas completado y la toda la documentación que se le indica en la consulta. Cualquier duda podrá resolverla por vía telefónica, por correo electrónico o personalmente en dicha dirección.

Una vez iniciado el trámite en un lapso de 7 días será visitado por el cuerpo de inspectores para verificar que las condiciones de salubridad, seguridad, urbanísticas y edilicias sean aptas para la habilitación del comercio.

En dicho caso siempre que el rubro no requiera requisitos especiales ambientales o de otro tipo que todavía no se hayan agregado al expediente, el comercio podrá habilitarse en un término no mayor a sesenta días.

La consulta de habilitación es un nuevo servicio que presta la Municipalidad Malvinas Argentinas a través de su sitio, que le permite saber si puede o no habilitar su comercio.

Para ello le requiere que informe:
1. La nomenclatura catastral donde se encuentra el inmueble donde se pretende habilitar el comercio (la encontrará en el recibo de Conservación de la vía pública o CVP)
2. Su nombre y apellido
3. Rubro del comercio
4. Superficie afectada al comercio

Si contesta estas preguntas acertadamente la consulta le informará:

  • Si se puede habilitar ese rubro en ese lugar
  • Cuales son los requisitos y documentación que debe traer para la habilitación.

Usted obtendrá un Número de Inicio de tramite y la posibilidad de imprimir el formulario de Declaraciones Juradas (F02) que deberá completar y presentar conjuntamente con toda la documentación requerida ante la Dirección de Habilitaciones.

Esta consulta tendrá validez si la presentación se hace dentro de los treinta días de emitida y si los datos son correctos.

Pasado este plazo o por cualquier modificación que realice en el rubro o error en la consignación de los datos, le hará perder validez a los efectos del trámite y deberá realizar una nueva consulta por el mismo. La consulta es gratuita y pude usted realizar todas las que quiera.

Cuando inicie el trámite de habilitación, su consulta deberá ser firmada por Usted y el funcionario que lo atiende y consiste en un doble compromiso

  • El municipio no le exigirá más requisitos de los que ahí se expresan.
  • Usted tomó conocimiento de estos requisitos desde el inicio de su habilitación y se encuentra en condiciones de cumplirlos.



Documentos Relacionados

Encuentre aquí información relacionada con el proceso de mejoramiento continuo en la gestión pública.
Documentos para leer y descargar.

Legislación Provincial

Búsqueda de Leyes y Decretos-Leyes Provinciales. visitar

Legislación Municipal

Búsqueda Interactiva de Leyes y Decretos-Leyes Municipales. (Tarifaria Fiscal 2010, Organigrama Municipal, Código de Habilitaciones, etc.) consultar

Malvinas Habilita

Valid HTML 4.01 Transitional¡CSS Válido!